La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dejó firme la sentencia que ordena el desalojo de un hombre de 83 años, identificado como Raúl, quien perdió un juicio de arrendamiento por adeudar 54 mensualidades de renta de un departamento ubicado en la alcaldía Iztapalapa, en la Ciudad de México.
El máximo tribunal del país desechó el recurso de revisión que presentó el adulto mayor, quien buscaba evitar la ejecución de la sentencia y argumentó que los tribunales debían considerar las consecuencias que tendría perder su vivienda debido a su edad y condiciones personales.
El proyecto fue presentado por el ministro Arístides Guerrero García, quien consideró que el asunto no cumplía con el requisito de interés excepcional necesario para que la Corte analizara el caso. La propuesta fue aprobada por seis ministros, sin discusión.
En contraste, los ministros Irving Espinosa Betanzo, María Estela Ríos González y Yasmín Esquivel Mossa se pronunciaron a favor de revisar el amparo, al considerar que existía una cuestión constitucional relacionada con la obligación de los jueces de resolver asuntos que involucran a personas adultas mayores con perspectiva de envejecimiento.
Espinosa Betanzo señaló que el caso debía analizarse tomando en cuenta la condición del arrendatario, mientras que Estela Ríos advirtió que la perspectiva de envejecimiento debe traducirse en medidas que protejan los derechos fundamentales de las personas mayores, entre ellos el acceso a una vivienda.
Por su parte, Yasmín Esquivel consideró que era necesario examinar las obligaciones de las autoridades judiciales ante el riesgo de que una persona adulta mayor quede en situación de desamparo como consecuencia de un desalojo.
¿Cómo comenzó el caso?
De acuerdo con los antecedentes, el 14 de abril de 2007, Raúl y la propietaria del departamento celebraron un contrato de arrendamiento en la alcaldía Iztapalapa.
Sin embargo, el 29 de octubre de 2024, la arrendadora presentó una demanda para solicitar la rescisión del contrato por falta de pago de rentas. En el procedimiento reclamó 54 mensualidades vencidas, además de la desocupación y entrega del inmueble.
El 20 de mayo de 2025, una jueza declaró rescindido el contrato y ordenó al adulto mayor desocupar el departamento y entregarlo en un plazo de cinco días, además de cubrir las rentas pendientes.
La juzgadora también dispuso que se notificara a instituciones encargadas de la atención de personas adultas mayores para que, dentro de sus atribuciones, adoptaran medidas para proteger sus derechos.
Posteriormente, la Tercera Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México confirmó la resolución, el 9 de diciembre de 2025. En abril de 2026, un Tribunal Colegiado negó el amparo solicitado por el hombre.
Ante esa determinación, el adulto mayor presentó un recurso de revisión ante la Suprema Corte, que finalmente fue desechado.
En su defensa, Raúl argumentó que enviar oficios al Instituto para el Envejecimiento Digno y al Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores no garantizaba que estuviera protegido frente al riesgo de quedar sin vivienda.
Con la resolución de la SCJN, la sentencia que ordena la desocupación del departamento quedó firme.