El pleno del Senado aprobó reformas a la Ley General de Salud que prohíben de manera absoluta la producción, comercialización, importación, exportación y publicidad de cigarrillos electrónicos, vapeadores y dispositivos similares en México. La reforma —avalada en fast track con 76 votos de Morena, PT y PVEM, frente a 37 en contra del PAN, PRI y MC— contempla penas de uno a ocho años de prisión y multas de hasta dos mil UMA (equivalentes a 226 mil 280 pesos) para quienes fabriquen o vendan estos productos.
El dictamen aclara que ni el consumo ni la posesión para uso personal serán sancionados. Las penas aplicarán únicamente para quienes adquieran, distribuyan, transporten o almacenen vapeadores con fines comerciales o de lucro. “Solo aquellos que producen o comercializan y obtienen lucro indebido serán sancionados”, señala el documento.
La oposición rechazó la reforma al considerar que la prohibición absoluta favorece al crimen organizado. La senadora panista Gina Campuzano acusó a Morena de “entregar el mercado ilegal” al impedir que la Cofepris regule y supervise la venta de vapeadores. Luis Donaldo Colosio, senador de Movimiento Ciudadano, advirtió que la minuta opta por “la salida fácil” de prohibir, en lugar de regular un mercado que ya existe.
En contraste, el morenista Manuel Huerta Ladrón de Guevara, presidente de la Comisión de Estudios Legislativos Primera, destacó que la reforma evita la criminalización de usuarios y se limita a sancionar actividades comerciales ilícitas relacionadas con estos dispositivos.