Fiscalía cierra caso contra SEMAR por descarrilamiento del Tren Interoceánico; culpa recae en operadores

Imagen Fiscalía cierra caso contra SEMAR por descarrilamiento del Tren Interoceánico; culpa recae en operadores

Por: Redacción xeu

La Fiscalía General de la República (FGR) determinó el no ejercicio de la acción penal en el caso del descarrilamiento del tren del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, ocurrido en diciembre de 2025, al concluir que no existen elementos suficientes para fincar responsabilidad penal.

La decisión fue dada a conocer luego de que la titular de la institución, Ernestina Godoy, señalara previamente en redes sociales: “El día de hoy compartí un mensaje en relación al lamentable evento del Tren Interoceánico”, en referencia al avance de las investigaciones.

De acuerdo con el informe público, la determinación se sustenta en diversos factores. En primer lugar, la FGR indicó que las víctimas y ofendidos celebraron acuerdos reparatorios, los cuales fueron validados por la autoridad al cumplir con criterios de legalidad, proporcionalidad y voluntariedad. Tras la reparación integral del daño, estos acuerdos derivaron en la extinción de la acción penal.

En lo relativo al delito de daño en bienes, la empresa Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec otorgó el perdón legal, lo que también extinguió la persecución penal conforme a la ley.

Asimismo, Godoy informó este miércoles que abrió un juicio contra tres personas, operadores del tren, por los delitos de homicidio y lesiones culposas.

Respecto a los delitos de ataques a las vías generales de comunicación, la Fiscalía concluyó que no se configuran los elementos del tipo penal, ya que peritajes técnicos determinaron que la infraestructura ferroviaria —incluidos rieles, durmientes y sistemas de fijación— no presentaba daños estructurales previos. Además, subrayó que este delito requiere intencionalidad, la cual no se acreditó al tratarse de un accidente.

Los dictámenes periciales establecieron que la causa del descarrilamiento fue el exceso de velocidad del tren. No obstante, esta circunstancia no permitió atribuir responsabilidad penal directa. La FGR añadió que irregularidades como la falta de licencias vigentes en la tripulación corresponden al ámbito administrativo, no penal.

En cuanto a posibles responsabilidades de servidores públicos, la institución señaló que no se encontraron elementos para configurar delitos como uso ilícito de atribuciones o ejercicio indebido del servicio público. Informes de la Auditoría Superior de la Federación y de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno no identificaron irregularidades con carácter penal ni vínculos causales con el accidente.

La Fiscalía concluyó que no se acreditó un nexo causal directo entre conductas específicas y los daños, ni la existencia de dolo o culpa penalmente relevante, por lo que continuar con la acción penal contravendría principios como la legalidad, la presunción de inocencia y la mínima intervención del derecho penal.

No obstante, la resolución no excluye posibles responsabilidades en otras vías, como la administrativa o civil.

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