La Secretaría de Comunicaciones y Transportes informó que los fines de semana del 12 al 14, y del 18 al 22, así como el domingo 28 de abril, se suspenderá totalmente el tránsito por caminos y puentes de jurisdicción federal de la República Mexicana, los autotransportes federales y transportes privados de carga especializada de objetos indivisibles de gran peso y/o volumen y grúas industriales.
Lo anterior como parte de las acciones de seguridad para el periodo vacacional de Semana Santa 2019.
La publicación de la dependencia federal en el Diario Oficial de la Federación (DOF), señala:
A todos los usuarios y permisionarios del servicio de autotransporte federal y transporte privado de carga especializada de objetos indivisibles de gran peso y/o volumen y grúas industriales que transiten por caminos y puentes de jurisdicción federal, se hacen de su conocimiento los horarios de operación que se aplicarán en el periodo vacacional comprendido de las 00:00 horas del 12 de abril de 2019, a las 23:59 horas del 29 de abril de 2019 de conformidad con el numeral 5.6 de la NOM-040-SCT-2-2012 vigente.
ÚNICO.- Las grúas industriales y los equipos especiales para el transporte de maquinaria u objetos indivisibles de gran peso y/o volumen que cuenten con el permiso especial de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, podrán transitar en el periodo antes señalado como sigue:
I) El día 15 y 16 de abril, del 23 al 25 de abril y 29 de abril de 2019 de conformidad con lo que señalan los numerales 5.5.1 y 5.5.2 de la NOM-040-SCT-2-2012, esto es:
a) Cuando circulen por caminos tipo ET4, A4, B4 de las 00:00 horas a las 23:59 horas.
b) Cuando circulen por caminos ET2, A2, B2, C o D: de 6:00 a 18:30 horas y en horario nocturno de 00:00 a 6:00 horas y de 18:30 a 23:59 horas condicionado a que circulen con dos carros piloto, uno en la parte frontal y otro en la parte trasera.
II) Los días 17, 26 y 27 de abril de 2019 para cualquier tipo de camino de las 6:00 a las 14:00 horas de conformidad con lo señalado en los numerales 5.5.1.1 y 5.5.2.1 de la NOM-040-SCT-2-2012.
III) Los días 12 al 14 de abril, 18 al 22 de abril y 28 de abril de 2019, deberán suspender totalmente su tránsito.
Considera que “es necesario difundir las restricciones de circulación en los caminos y puentes de jurisdicción federal que se aplicarán en el periodo vacacional de semana santa 2019, sobre las grúas industriales y los equipos especiales para el transporte de maquinaria u objetos indivisibles de gran peso y/o volumen, que cuenten con el permiso especial de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, para que se tomen las previsiones pertinentes por parte de los usuarios y transportistas”.
Añade que “con las restricciones de circulación que se señalan durante aquellos días de mayor afluencia vehicular, se permitirá un mejor flujo vehicular de los usuarios de las carreteras federales, compuesto principalmente de familias que viajan con motivo de la celebración de semana santa y por vacacionistas con destino a lugares turísticos, al evitarse la presencia de combinaciones vehiculares especiales que circulan a baja velocidad transportando objetos indivisibles de gran peso y/o volumen, así como de las grúas industriales”.
Finalmente, señala que “las medidas preventivas enunciadas, tienen como propósito limitar la circulación de las grúas industriales y los equipos especiales para el transporte de maquinaria u objetos indivisibles de gran peso y/o volumen, a fin de fomentar la seguridad de los vacacionistas que en dicho periodo circulan en los caminos y puentes de jurisdicción federal”.
Fuente:DOF/Foto:Archivo/JAC