Ordena Suprema Corte entregar información sobre fosas clandestinas de Veracruz

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La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó por unanimidad que se entregue una versión pública en la cual se den a conocer datos, cifras o estadísticas relacionadas con los indicios encontrados en las fosas clandestinas del predio Colinas de Santa Fe, en Veracruz.

En sesión privada, los ministros establecieron que un sujeto obligado no puede negarse a entregar la versión pública de un documento en su poder bajo el argumento de que incluye datos que debe resguardarse, si dicha información no ha sido antes clasificada debidamente bajo las categorías y en los términos que prescribe la ley.

En abril de 2017, una ciudadana interpuso una solicitud de acceso de información dirigida a la Policía Federal requiriendo todos los expedientes, inventarios, bases de datos, fotografías y videos que dieran cuenta de los zapatos, ropa, credenciales, osamenta y otros indicios encontrados en el cementerio clandestino de Colinas de Santa Fe, en Veracruz.

Sin embargo, el 17 de mayo de ese mismo año la corporación policiaca negó a la ciudadana la información solicitada, argumentando que su difusión podía comprometer la seguridad pública y obstruir la prevención o persecución de los delitos y en consecuencia estableció un periodo de reserva de cinco años.

Empero, la particular interpuso un recurso de revisión ante el Inai, argumentando que la Policía Federal debía entregarle una versión pública de la información solicitada, la cual no entorpecería las investigaciones del sujeto obligado en tanto que se testarían las porciones que no pudieran ser reveladas.

No obstante, el Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) estimó que la entrega de la información solicitada no comprometía las funciones de seguridad pública, sin embargo consideró que sí se actualizaba la causa de reserva de información establecida.

Además, consideró que la prueba de daño acreditaba un perjuicio al interés público, pues al tratarse de diligencias que formaban parte de las investigaciones a cargo de la Fiscalía General de Veracruz la publicidad de la información requerida por la solicitante representaba un riesgo real, demostrable e identificable susceptible de entorpecer la prevención y persecución de los delitos, así como de poner en riesgo la investigación correspondiente.

 

Fuente:Notimex/Foto:Archivo/JAC

Editor: Redacción xeu
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