Otorgan amparo a Teniente Coronel del Ejército sentenciado por abuso sexual

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Un Tribunal Federal otorgó un amparo que anula la sentencia de tres años de prisión y la destitución de su cargo, del Teniente Coronel Mario "R", Segundo Comandante de Batallón del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, quien fue declarado responsable del delito de abuso sexual agravado por el Tribunal Superior Militar.

Cabe mencionar que la resolución no lo exonera, sino que ordena reponer el procedimiento, porque durante el juicio se dejó de recibir la declaración de la víctima, además de que no se llevó a cabo el careo y porque el Tribunal Militar no se constituyó debidamente.

El Teniente Coronel impugnó la sentencia del 9 de septiembre de 2019, donde se le condenó por el delito abuso sexual agravado y se le impuso tres años de prisión; revocación del beneficio de libertad provisional; destitución de su empleo de Segundo Comandante de Batallón del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos por el término de cinco años; y amonestación para prevenir su reincidencia.

La víctima formaba parte del sistema castrense, como soldado de la policía militar, pero desertó.

El día de los hechos, la víctima estaba en el dormitorio de mujeres, y ya pasadas las seis de la tarde se presentó un soldado para transmitirle la orden emitida por el Teniente Coronel, en el sentido de que se presentara en su dormitorio, momento en que la cuartelera indicó que acompañaría a la buscada, respondiendo el soldado que se presentó que él la conduciría con el mando.

El Teniente ordenó al personal pidió que el personal femenino se presentara en su alojamiento, acudiendo únicamente las soldados y la víctima, “durante el tiempo que permanecieron en dicho alojamiento fueron objeto de conductas inapropiadas…tal como propuestas indecorosas, ofrecerles bebidas embriagantes, mostrarles fotografías de mujeres que refirió como sus novias”.

Como la soldado desertó tras estos hechos, no pudo ser localizada para reforzar la acusación y para carearse, además de que el Tribunal Superior Militar que emitió la condena no se constituyó como establece el Código de Justicia Militar.

 

Fuente: Milenio/Foto: Twitter/atf

Editor: Redacción xeu