No aceptarán que personas acudan a verificar autos que no sean de su propiedad

Imagen No aceptarán que personas acudan a verificar autos que no sean de su propiedad

A través de la Gaceta Oficial del Estado de Veracruz se informa que entró en vigor el Programa de Verificación Vehicular Obligatoria para el Estado de Veracruz, en el que "se recomienda a los responsables de los vehículos asistir personalmente a realizar la verificación de emisiones de sus vehículos".

Esto, debido a que "personas ajenas, tales como gestores, mecánicos, pre-verificadores o técnicos, podrían entregarle documentos apócrifos u obtenidos en contravención a las leyes de la materia y al presente Programa, quienes, igualmente, podrían realizar una verificación al margen de los procedimientos técnicos autorizados o cobrar un importe diferente a las tarifas establecidas en el Código de Derechos para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Lave, quienes podrían ser sujetos de sanciones administrativas y penales".

La verificación vehicular es obligatoria y permanente en el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave y deberá efectuarse de conformidad con lo previsto en las leyes estatales aplicables a la materia y en las siguientes Normas Oficiales Mexicanas:

I. NOM-041-SEMARNAT-2015, Que establece los límites máximos permisibles de emisión de gases contaminantes provenientes del escape de los vehículos automotores en circulación que usan gasolina como combustible;

II. NOM-045-SEMARNAT-2017, Protección ambiental. - Vehículos en circulación que usan diésel como combustible. - Límites máximos permisibles de opacidad, procedimiento de prueba y características técnicas del equipo de medición;

III. NOM-047-SEMARNAT-2014, Que establece las características del equipo y el procedimiento de medición para la verificación de los límites de emisión de contaminantes, provenientes de los vehículos automotores en circulación que usan gasolina, gas licuado de petróleo, gas natural u otros combustibles alternos, y IV. NOM-050-SEMARNAT-2018, Que establece los niveles máximos permisibles de emisión de gases contaminantes provenientes del escape de los vehículos automotores en circulación que usan gas licuado de petróleo, gas natural u otros combustibles alternos como combustible.

 

Editor: Redacción xeu
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