En el marco del mes patrio, el abogado Arturo Herrera Cantillo, indicó que existe una Ley de los Símbolos Patrios que se crea por los años 60´s para establecer los requisitos, reglamentos y normas para su uso.
Lo que nos identifica es la bandera, el escudo y el himno nacional, son los tres símbolos que se tienen en México.
Añadió que en 1984 se modifica la Ley para que los particulares puedan utilizar los símbolos sin ningún lucro, desde el punto cultural, deportivo u oficial.
Destacó que con frecuencia se ve que personas de la cultura, deportistas, oficiales de policía, Ejército, etc. portan esos símbolos en sus uniformes.
Precisó que la Ley indica qué se puede y no hacer con estos símbolos patrios
Por ejemplo, en cuanto a la bandera el reglamento dice dónde debe guardarse, en nichos especiales, y cuando una bandera se deteriora se le tiene que hacer un homenaje, se retira y se incinera.
En el caso del himno nacional, cuando se canta no se debe alterar el contenido de las frases; el escudo acuñar en las monedas y billetes.