Avala Suprema Corte de Justicia sancionar pornografía como delito sexual

Imagen Avala Suprema Corte de Justicia sancionar pornografía como delito sexual

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló la fracción II del artículo 10 de la Ley General para prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia de las Víctimas, por lo que se aplicarían sanciones de hasta 15 años de cárcel por la producción, comercio o distribución de pornografía.

El artículo, remite a otros preceptos que describen las modalidades de explotación sexual, como el 15, que establece prisión de cinco a 15 años a quien se beneficie del “comercio, distribución, exposición, circulación u oferta de libros, revistas, escritos, grabaciones, filmes, fotografías, anuncios impresos, imágenes u objetos de carácter lascivo o sexual, reales o simulados”, ya sea de manera física o de cualquier medio.

Dicho artículo establece como excepción cuando el material contenga como fin la divulgación científica, artística o técnica, para lo que el juez deberá solicitar un dictamen pericial para evaluar si la conducta constituye o no explotación sexual.

Por su parte, la presidenta de ¿Y Quién Habla por Mí?, Areli Rojas, señaló que la desventaja de este artículo es que se presta a la ambigüedad porque hay riesgo de que los ministerios públicos o jueces hagan una mala interpretación.

“Supongamos que un día en una cadena de WhatsApp te llega una imagen de un menor sin ropa y sin que te enteres se almacena en tus archivos; en un operativo o revisión de tu celular puedes ser acusado del delito de trata”, dijo.

 

Fuente:ElUniversal/Foto:Archivo/JAC

Editor: Redacción xeu
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