Opinión

Modificaciones a las contribuciones estatales en Veracruz: rumbo al 2020

Por Ramón Ortega Díaz


Mejoras a las contribuciones estatales

Tal como lo comentamos en el blog del mes de febrero del presente año “Austeridad jarocha” https://www.xeu.mx/blogs/post.cfm?id=2857 donde mencionamos que se darían algunas sorpresas más adelante en temas presupuestales para el Estado de Veracruz, estas ya se encuentran en la iniciativa presentada ante el H. Congreso del Estado de Veracruz en su Gaceta Legislativa Número 38 fechada el 23 de mayo del 2019 de la LXV Legislatura: “Iniciativa con proyecto de Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Financiero para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, presentada por el C. Gobernador del Estado, Ing. Cuitláhuac García Jiménez.” De esta iniciativa destaca lo siguiente:

  1. Del impuesto por la adquisición de vehículos automotores usados (ISAVAU): reduce en un 70% la tasa del 2% (actual) quedando en 0.60% buscando que el padrón de vehículos se actualice.
  2. Del impuesto sobre hospedaje: se incluirán los servicios que sean mediante aplicaciones y plataformas digitales (Airbnb, HomeAway o Knok) relativos al servicio de hospedaje a través de internet, buscando establecer igualdad y no desventajas entre los que ofrecen estos servicios de hospedaje.
  3. Impuestos sobre loterías, rifas y sorteos: se incrementaría la tasa del 6% para quienes realicen o celebren rifas, sorteos, loterías, apuestas y concursos (actualmente del 3.5%) e incluiría su causación a las erogaciones que se realicen por participar en juegos con apuestas (10% sobre el monto de la erogación). El actual 5.21% que se volvería del 6% para quienes obtengan ingresos por premios es en relación con su correlativo del artículo 163 del Impuesto Sobre la Renta (ISR) actualmente se añade el Impuesto Adicional para el Fomento a la Educación (del 15%) dando 5.99% para que con esto se cobre el 1% federal en lugar del 21%; cuidado con esto porque (como ya paso en otra legislatura) se hará más caro cobrar un premio en el Estado al pasar de un 7% de retención (6% estatal y 1% federal) volviéndose del 27%.

Con lo anterior se busca fortalecer los ingresos propios estatales y por ende, una mejor participación federal acorde a la Ley de Coordinación. Asimismo en días pasados se realizó la licitación pública nacional por parte de SEFIPLAN para la adquisición de placas, calcomanías y tarjetas de circulación para unidades vehiculares en diversas modalidades (Gaceta Oficial del Estado de Veracruz del 23 de mayo del 2019 Núm. Ext. 206): 200 mil automóviles privados, 100 mil doscientas de camión privados, 50 mil de motocicletas, 120 mil tarjetas de circulación sin datos, entre otras.

Destaca en tal Gaceta la Iniciativa con proyecto de Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles; de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con Ellas; y de la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción, todas del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, presentada por los Diputados integrantes del Grupo Legislativo Mixto “Del Lado Correcto de la Historia” la cual comentaremos en el caso de que sea aprobada.

Modificaciones Municipio Medellín

Así como el Municipio de Veracruz realizó modificaciones a su Código Hacendario por lo que respecta a las contribuciones municipales el año anterior (Ver “Contribuciones 2019: Municipio de Veracruz” https://www.xeu.mx/blogs/post.cfm?id=2730) el Municipio de Medellín ha presentado la “Iniciativa de Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Hacendario para el Municipio de Medellín, Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave” donde se busca una óptima captación de ingresos que son necesarios e indispensables para la mejora en la prestación de servicios públicos municipales (tal como se menciona en los considerandos) destacando los siguientes cinco puntos propuestos:

  1. El artículo 118 donde establece que el impuesto predial se puede prorrogar hasta el último día del mes de febrero, se recorrería hasta el mes de marzo.
  2. Del 121 donde se maneja lo de los pensionados y jubilados el descuento del predial, se eliminaría lo relacionado al valor catastral cuando no excede de 6 mil salarios mínimos.
  3. Sobre el de traslación de dominio, aumentaría la tasa del impuesto del 1 al 2% (Artículo 136).
  4. De derechos por obras materiales, se “mejoran” las tarifas (por cierto, en salarios mínimos -SM- cuando deberían ser en UMA´s)
  5. Se adiciona un artículo 248 BIS por los servicios prestados en materia de Protección Civil las cuales tales cobros de derechos se harán en UMA´s (aunque vengan en SM).