Como hemos venido comentando en los distintos foros y eventos, 3 puntos de fiscalización se vienen para el 2020: el primero es contra el tráfico de comprobantes fiscales (o los mal llamados “factureros”) el segundo es combate al lavado de dinero y el tercero que ya va encaminado: la ilegalidad del outsourcing.
Decimos que ya va encaminado dado que las reformas para las de subcontratación para el siguiente año, ya vendrá con la retención del 6% y la ya eliminación de la aplicación electrónica que tuvimos en el presente año; así como no debemos olvidar que por criterio en materia de prevención de lavado de dinero se considera como actividad vulnerable.
Por lo anterior y si no fuera suficiente, se acaba de presentar en la Cámara de Senadores la iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforma y adiciona la Ley Federal del Trabajo y de la Ley del Seguro Social, en materia de subcontratación laboral por parte del Senado Napoleón Gómez Urrutia, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Movimiento de Regeneración Nacional (MORENA).
En esta iniciativa, que se turnó a las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social; y de Estudios Legislativos, el 29 de octubre del presente año el cual pueden acceder al siguiente link https://infosen.senado.gob.mx/sgsp/gaceta/64/2/2019-10-29-1/assets/documentos/Inic_Sen_Napoleon_Seguro_Social_291019.pdf destacan estos tres primeros puntos donde se maneja como una simulación el acto del outsourcing afectando no solo al trabajador, sino al fisco federal y eludiendo las cargas de seguridad social:
1) El hecho que migren los trabajadores de empresas o centros de trabajo -generalmente mediante una substitución patronal-, a entes creados exprofeso para recibirlos como sus empleados y encargarse del manejo y pago de nóminas. Esto es, los trabajadores de la empresa en la que laboran dejan simulada y ficticiamente de serlo a partir de la "subcontratación" con la empresa de outsourcing ilegal.
2) Las actividades laborales de los trabajadores siguen siendo las mismas en beneficio de la empresa' o centro de trabajo, pero mediante esquemas de simulación, como se señaló, dejan de ser parte de ésta y por ende de su nómina, que será cubierta por la diversa entidad o empresa subcontratada de "outsourcing".
3) Las actividades laborales preponderantes para el giro de la empresa o centro de trabajo también siguen siendo las mismas, pero los trabajadores que las realizan dejan de formar parte de ésta "formalmente" (lo que consiguen con la simulación de hacerlos parte de la nómina de una diversa -la dedicada al outsourcing ilegal-, que no se dedica a las actividades de aquella.
Por ello, al ser considerado como actividades ilegales y simuladas estos subcontrataciones plasmadas en comprobantes fiscales asimilándolas como “operaciones inexistentes” entrarían también como parte del combate al tráfico de comprobantes fiscales (factureros) al ser también “delincuentes fiscales” a estos grupos de “outsourcing ilegal” tal como se acaba de aprobar la legislación antifacturera.
Menciona la exposición de motivos lo siguiente:
“Los modelos neoliberalistas aunados con prácticas indebidas de las autoridades, contribuyeron a que se desatara una grave problemática que incide en distintos ámbitos, pero de manera directa en el laboral, de seguridad social, fiscal y penal -especialmente durante los tres últimos sexenios. Fue primordialmente en ese periodo de tiempo en el que se agudizó un gravísimo problema en México, consistente en la proliferación y crecimiento de grupos delincuenciales que invadieron el país con esquemas ilegales de subcontratación denominados generalmente con el anglicismo de outsourcing.”
Con lo anterior, se estaría criminalizando la subcontratación laboral, donde se les etiqueta como “outsourcing” limitando la flexibilidad de contratación al ser un riesgo y caer en delincuencia organizada dado su propuesta de modificación al artículo 15-A de la Ley Federal de Trabajo (LFT) donde en su último párrafo los correlaciona con la nueva legislación antifacturera; por lo que veremos en este 2020 asuntos enfocados desde lavado de dinero (UIF) al combatir estos esquemas, simulaciones de operaciones (materialidad de la nómina) por parte del SAT, revisiones laborales por parte de la STPS y de aprobarse tal iniciativa ya caería en delincuencia organizada (PFF) con todo lo que conlleva y obviamente los actos de fiscalización por parte del IMSS.
El IMSS ha anunciado (a través de su Director General) que se deben eliminar estos esquemas de simulación laboral obviamente buscando mejorar las condiciones de empleo de los trabajadores, sus pensiones dado que no registran sus salarios reales afectando los pagos de seguridad social. La sanción vendría (además de la delincuencia organizada) con multas.
Es probable que se “adecue” la iniciativa pero es un hecho que el combate a las outsourcing se dará. Ojo: no solo será para el outsourcing, sino también para el insourcing al considerarlos con los mismos efectos dañinos al trabajador; aunque no se haya contratado un “tercero” para la “nómina” por lo que las empresas de grupo deberán de analizar muy detenidamente esta iniciativa.
Concluyendo: contar con servicio de “outsourcing” deberá ser que realmente se necesite de personal especializado y que esté debidamente justificado para no caer en un acto de simulación.