Opinión

Ley de protección de las personas adultas mayores

Por Ramón de la Peña


Hace poco envié un extracto de la Ley de Protección de las Personas Adultas Mayores a un grupo de colegas y amigos, muchachos de la edad, para que la conocieran, comentaran y claro, para que me enviaran sus comentarios y sugerencias.

Este es uno de los mensajes que recibí: "Ing. de la Peña, buen día: Pues he leído el archivo adjunto y por primera vez me entero de algunos de los apartados de la ley protectora que tenemos los muchachos sesentones y mas... Teóricamente es muy completa, tiene consideraciones muy buenas para los adultos mayores, pero solo es la ley, en la vida real, los adultos mayores son mal tratados por la mayoría de la población y especialmente por los servidores públicos o de gobierno. En algunos casos, el maltrato se da en la propia familia, ya sea hijos, nietos y familiares consanguíneos y sobre todo, por aquellos que están interesados en la herencia que les puedan dejar sus padres. Hay mucho que hacer y lo primero es difundir esta ley para que se conozca y que poco a poco se vaya implementando en cada uno de los hogares de nosotros"

Después de esta recomendación decidí compartir con ustedes los puntos relevantes de esta ley de protección, la cual en esencia nos dice que esta Ley tiene por objeto garantizar a las personas adultas mayores los siguientes derechos:

I. De la integridad, dignidad y preferencia:

a. A una vida con calidad. Es obligación de las Instituciones Públicas, de la comunidad, de la familia y la sociedad, garantizarles el acceso a los programas que tengan por objeto posibilitar el ejercicio de este derecho..

c. A una vida libre sin violencia.

d. Al respeto a su integridad física, psico emocional y sexual.

e. A la protección contra toda forma de explotación.

f. A recibir protección por parte de la comunidad, la familia y la sociedad, así como de las instituciones federales, estatales y municipales.

g. A vivir en entornos seguros dignos y decorosos, que cumplan con sus necesidades y requerimientos y en donde ejerzan libremente sus derechos.

II. De la certeza jurídica:

a. A recibir un trato digno y apropiado en cualquier procedimiento judicial que los involucre, ya sea en calidad de agraviados, indiciados o sentenciados.

III. De la salud, la alimentación y la familia:

a. A tener acceso a los satisfactores necesarios, considerando alimentos, bienes, servicios y condiciones humanas o materiales para su atención integral.

b. A tener acceso preferente a los servicios de salud

IV. Del trabajo:

A gozar de igualdad de oportunidades en el acceso al trabajo o de otras opciones que les permitan un ingreso propio y desempeñarse en forma productiva tanto tiempo como lo deseen, así como a recibir protección de las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de otros ordenamientos de carácter laboral.

VI. De la asistencia social:

c. A ser sujetos de programas para tener acceso a una casa hogar o albergue, u otras alternativas de atención integral, si se encuentran en situación de riesgo o desamparo.

IX. Del acceso a los Servicios:

a. A tener una atención preferente en los establecimientos públicos y privados que prestan servicios al público.

c. A contar con asientos preferentes en los establecimientos que prestan servicios al público y en los servicios de autotransporte de pasajeros.

En el TÍTULO TERCERO se describen los deberes del estado, la sociedad y la familia para cumplir con los mandatos anteriores, así:

Artículo 6o. El Estado garantizará las condiciones óptimas de salud, educación, nutrición, vivienda, desarrollo integral y seguridad social a las personas adultas mayores. Asimismo, deberá establecer programas para asegurar a todos los trabajadores una preparación adecuada para su retiro.

Artículo 9o. La familia de la persona adulta mayor deberá cumplir su función social; por tanto, de manera constante y permanente deberá velar por cada una de las personas adultas mayores que formen parte de ella, siendo responsable de proporcionar los satisfactores necesarios para su atención y desarrollo integral