Opinión

Objetivo: ¡Presupuesto!

Por Ramón Ortega Díaz


(Parte 1 de 2)

Siguiendo con el tema del Decreto de Austeridad - Decreto por el que se establecen las medidas de austeridad que deberán observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal bajo los criterios que en el mismo se indican - publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 23 de abril del presente año, obviamente sus medidas impactan en la economía mexicana:

1. (Capítulo 1000 Servicios Personales) - No se despedirá a ningún trabajador de gobierno pero:

- De forma voluntaria se reducirá el salario de los altos funcionarios públicos hasta en un 25% de manera progresiva.

- Los altos funcionarios públicos no tendrán aguinaldos ni ninguna otra prestación de fin de año.

2. (Capítulos 3000 Servicios Generales y 2000 Materiales y suministros) - No ejercicio del 75% del presupuesto disponible de las partidas de servicios generales y materiales y suministros (incluyendo lo supuestamente comprometido). Así como se cancelan diez subsecretarías.

3. Se extenderá hasta el 1o de agosto la suspensión de labores con goce de sueldo a quienes ya se encuentran en esta situación debido a la pandemia del coronavirus (a los de la administración pública federal, no a todos los trabajadores como se ha “manejado” en las redes sociales).

4. Cierre “parcial” de oficinas con vistas de ahorro (dejar de rentar edificios, vehículos, bodegas e inmuebles, entre otros ahorros).

5. Se posponen las acciones y el gasto del gobierno, con excepción de los programas prioritarios.

6. Cumplimiento de la SHCP con la entrega de participaciones federales a los estados, el pago de nómina, de pensiones y la amortización y servicio de la deuda pública.

7. Tendrán trato excepcional la Secretaría de Salud, la Guardia Nacional, y las Secretarías de Marina y de la Defensa Nacional.

8. Se aplicará la Ley Federal de Austeridad Republicana de manera rigurosa.

9. Otorgamiento de créditos a personas y a pequeñas empresas familiares y creación de 2 millones de empleos.

10. No aumento al precio de los combustibles, no aumentos de impuestos o crear impuestos nuevos y sin endeudar al país.

Lo anterior aplica para todo el Poder Ejecutivo Federal el cual estará vigente al 31 de diciembre del 2020 y en su momento se mandó una iniciativa la cual está congelada en la Cámara de Diputados y que adicionaba el artículo 21 Ter de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH) http://gaceta.diputados.gob.mx/PDF/64/2020/abr/20200423-I.pdf donde el objetivo era reorientar recursos asignados en el Presupuesto para atender proyectos prioritarios, fomentar la actividad económica del país, atender emergencias de salud y programas en beneficio de la sociedad y donde la SHCP establecería las disposiciones específicas para ello; el cual fue postergado pero conforme a la misma ley presupuestaria en su artículo 21 permite tal reasignación del gasto en

ciertos casos que se enumeran al darse una disminución de ingresos en lo previsto en la Ley de Ingresos, que se está dando.

El impacto económico se da en primera instancia al no ejercer el presupuesto tal cual, las empresas privadas que le daban tales servicios o bienes y por lo tanto verán disminuidos sus ingresos siendo que la redistribución del flujo económico se dará más pausado y afectando al crecimiento del país.

Y ya tomando el camino al presupuesto 2021 con el aseguramiento de los programas sociales al reformar el artículo cuarto de la constitución, siendo esta una de las grandes reformas constitucionalmente al presupuesto y social al ir encaminado al Estado de Bienestar pero del que nadie ha mencionado al día de hoy y de donde vendrán adecuaciones todavía…así que aún hay más.

Entonces la batalla por el presupuesto inició y se darán más propuestas para reformar la LFPRH así como ajustes al Presupuesto actual con la Ley de austeridad y el Decreto de lineamientos de austeridad