Opinión

Fiscalización e impuestos 2021 (Parte 1 de 2)

Por Ramón Ortega Díaz


Se publicaron el día 8 de diciembre del 2020 en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y del Código Fiscal de la Federación” mejor conocido como la “miscelánea fiscal” al ser varias novedades en el ámbito tributario.

Si bien se adecuan diversas situaciones en el Código Fiscal de la Federación (CFF), la fiscalización real se está dando, considerando la etapa de pandemia, como son las entrevistas virtuales que si bien no es reforma para este año; la autoridad fiscal está ejerciendo invitaciones por videoconferencias donde la mayor parte se debe a que no cuadra la información de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) con lo declarado, IVA y retenciones no enteradas, nómina no timbrada, entre otros.

Así como las tradicionales revisiones de CFDI “reales” - facturas falsas - (CFDI que amparan operaciones inexistentes) del 69-B del CFF para combatir el tráfico de comprobantes (que verdaderamente la operación se llevo a cabo) se suman las de “razón de negocios” (cláusula antielusión) del 5-A del CFF que va dirigido sobre el porque de las erogaciones cuya finalidad no sea disminuir la base y, por ende, el pago de impuestos.

El combate a la simulación de actos: RIF que no son RIF (Régimen de Incorporación Fiscal) cuyo Acuerdo publicado en el mes de septiembre de este año, es que van a fiscalizar si participan en operaciones junto a EFOS (Empresas que Facturan Operaciones Simuladas) y sobre los fideicomisos y donatarias que casualmente, se incluyen adecuaciones en materia de ISR a las de Título III de ISR.

Como sorpresa se incluye en las reformas para el 2021, la limitación a ciertos asimilados que rebasen de 75 millones de pesos de ingresos; y aunque es un monto “suficiente”, el mensaje es claro: van sobre simulaciones de asimilados a salarios. Incluso en el Dictamen donde se propone tal cambio, menciona que se realiza lo anterior debido a que estas figuras reciben cantidades “exorbitantes” buscando “inhibir las prácticas de evasión fiscal identificados”.

Así como se sumará el ampliar la fiscalización el área de comercio exterior, la explosión del big data, correos electrónicos, mensajes de interés, parametría y el inicio de la biometría fiscal; entre otros. Lo anterior sin tan siquiera comentar de lleno los cambios fiscales que contiene la miscelánea fiscal.

Como podremos observar, la fiscalización (aun sin reformas fiscales) buscará mantener la recaudación tributaria enfocándose en los Grandes Contribuyentes cuya obtención vía auditorías dirigidas es mayor a la de los tradicionales actos a los PYMEs sin dejarlos de mandarles a estos, actos como auditorías electrónicos o suspensión (y cancelación) de sellos digitales que, sin ellos, no puedes facturar y, por ende, pues no obtener ingresos (cuando menos limitando). Sin sumarle los que van a la “par” como los de lavado de dinero y/o delincuencia organizada.

A todo esto, entra en vigor las visitas a los asesores fiscales (o intermediarios fiscales) para verificar que cumplan con el nuevo Título Sexto del CFF sobre los “Esquemas Reportables” que son las planeaciones fiscales que habrá de enviar a la autoridad a partir de enero del 2021 (siendo una reforma del 2020 pero debido a un transitorio se dio el plazo de un año) pero también los contribuyentes están obligados al envío de estos esquemas; siendo sus multas muy elevadas: a los asesores fiscales hasta de 20 millones de pesos y a los contribuyentes un porcentaje sobre el

beneficio fiscal. Por lo que hay que analizar tales esquemas para cumplir con el envío de la información y no ser acreedor a estas multas.

¿Seguimos? En la próxima entrega comentaremos los cambios al ISR, IVA y CFF; pero creo que queda claro que el A, B, C de la autoridad fiscal (aumentar la eficiencia recaudatoria, bajar la evasión y elusión fiscal y combatir la corrupción) va en camino.