SAT ya puede cancelar tu RFC; estas son las razones

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Por: Alexandra Burch
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A partir de este 2026, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) cuenta con nuevas facultades para cancelar el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de personas que permanezcan inactivas durante varios años, como parte de una estrategia de depuración y combate a la evasión fiscal.

Durante el programa Periodismo de Análisis de XEU, especialistas en materia fiscal explicaron que estas nuevas disposiciones fueron incorporadas al artículo 27 del Código Fiscal de la Federación y permiten al SAT cancelar, suspender o incluso negar la inscripción al RFC en determinados casos.

El contador fiscalista Ramón Ortega explicó que el RFC es una clave alfanumérica de identificación fiscal obligatoria para toda persona mayor de 18 años, principalmente para quienes realizan actividades económicas o laborales.

“En teoría todos deberíamos tener un Registro Federal de Contribuyentes”, señaló.

Detalló que actualmente existen alrededor de 68 millones de contribuyentes registrados ante el SAT, aunque una parte importante corresponde a personas asalariadas y muchos otros permanecen inactivos.

Según explicó, una de las nuevas medidas permite cancelar el RFC de contribuyentes que durante cinco ejercicios fiscales consecutivos no hayan presentado declaraciones, emitido facturas, realizado movimientos fiscales o sido reportados por terceros.

“Sí ya se puede cancelar”, afirmó.

El especialista indicó que esta medida busca depurar el padrón fiscal y combatir prácticas relacionadas con empresas factureras y evasión de impuestos.

Asimismo, explicó que el SAT también puede negar el trámite de inscripción al RFC cuando detecte posibles irregularidades relacionadas con simulación fiscal o uso indebido de domicilios fiscales.

“Si camina como facturero, habla como facturero y está haciendo trámite con facturero, probablemente es que vaya a ser un facturero”, comentó.

Por su parte, el delegado de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), Héctor Hugo Hernández, explicó que las nuevas causales de cancelación comenzaron a aplicarse formalmente este año.

Precisó que el SAT podrá cancelar el RFC cuando detecte que un contribuyente no presentó declaraciones en cinco años, no emitió ni recibió comprobantes fiscales, no realizó avisos al RFC y además no tenga créditos fiscales pendientes.

De acuerdo con datos expuestos durante la entrevista, actualmente existen cerca de 88 millones de RFC registrados en México, de los cuales alrededor de 9 millones están suspendidos y más de 3 millones cancelados.

El delegado señaló que la principal causa histórica de cancelación era la defunción del contribuyente, aunque ahora se amplían los supuestos de baja.

También advirtió que muchas personas desconocen que ya cuentan con RFC debido a registros realizados por empleadores o trámites previos.

“Algunos tenemos RFC y ni siquiera lo sabemos”, comentó.

Los especialistas recomendaron a la población verificar su situación fiscal y, en caso de no tener actividad económica, realizar trámites de suspensión o inscripción sin obligaciones fiscales para evitar problemas futuros.

El abogado fiscalista Pablo Gutiérrez explicó que quienes detecten la cancelación de su RFC pueden acudir ante Prodecon para solicitar apoyo y gestionar la reactivación del registro.

Asimismo, recordó que actualmente el RFC es solicitado para diversos trámites cotidianos como apertura de cuentas bancarias, titulación universitaria, firma electrónica y contratación laboral.

Los expertos coincidieron en que estas nuevas facultades del SAT forman parte del fortalecimiento de mecanismos de fiscalización y control tributario en el país.

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