La iniciativa de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo para crear una Ley General para Sancionar y Reparar el Daño por Feminicidio busca que este delito se investigue y sancione de la misma manera en las 32 entidades del país, con reglas claras y protocolos obligatorios que reduzcan el riesgo de impunidad.
Así lo explicó el abogado Ramar Mendoza, quien señaló que uno de los principales objetivos de la propuesta es establecer criterios uniformes para todas las fiscalías estatales y garantizar una reparación integral del daño a las víctimas indirectas.
"La finalidad es que, previa aprobación por parte del Senado, se cuente con una ley para prevenir y sancionar los delitos en materia de feminicidio, pero también para garantizar una reparación integral del daño", explicó.
De aprobarse la iniciativa, el delito de feminicidio tendrá una pena general de entre 50 y 70 años de prisión en todo el país.
Sin embargo, el especialista destacó que uno de los cambios más importantes no son únicamente las sanciones, sino la homologación de los procedimientos que deberán seguir las autoridades desde el primer momento en que tengan conocimiento de la muerte violenta de una mujer.
Ramar Mendoza explicó que la nueva legislación obligará a todas las fiscalías a aplicar protocolos con perspectiva de género desde el inicio de las investigaciones.
Esto significa que, cuando una mujer sea localizada sin vida en circunstancias violentas, las autoridades deberán realizar de inmediato una serie de diligencias especializadas para preservar evidencias y determinar si existen elementos para acreditar un feminicidio.
"Los protocolos buscan que no se pierdan vestigios o indicios que después puedan provocar impunidad. Desde el inicio deben realizarse todas las diligencias necesarias, sin descartar ninguna línea de investigación", señaló.
Indicó que estos procedimientos ya se aplican en estados como Veracruz, pero con la nueva ley serían obligatorios y homogéneos en todo el territorio nacional.
El abogado recordó que en Veracruz el feminicidio ya se encuentra tipificado en el Código Penal y existen protocolos especializados para su investigación.
No obstante, explicó que la nueva ley ampliaría el catálogo de circunstancias agravantes y establecería criterios comunes para todas las entidades federativas.
Entre los casos que recibirían una sanción más severa se encuentran aquellos en los que la víctima sea una niña, adolescente, mujer embarazada, adulta mayor o persona con discapacidad, además de otros supuestos contemplados en la iniciativa federal.
Uno de los aspectos que más dudas genera es la diferencia entre ambos delitos.
Ramar Mendoza explicó que no toda muerte violenta de una mujer constituye automáticamente un feminicidio, por lo que resulta indispensable realizar una investigación especializada.
"Precisamente esos protocolos sirven para acreditar que se trata de un feminicidio y no simplemente de un homicidio doloso o calificado. La autoridad debe reunir todos los elementos que establece la ley para determinar el tipo de delito", explicó.
Añadió que una investigación deficiente puede provocar que el caso sea clasificado incorrectamente, lo que dificultaría la sanción adecuada para el responsable.
El especialista consideró que la homologación de la legislación permitirá fortalecer la procuración de justicia en todo el país, al evitar diferencias entre estados y garantizar que todas las investigaciones se desarrollen bajo los mismos estándares.
"La intención es que haya una administración de justicia más uniforme, con protocolos claros y penas ejemplares para quienes cometan este delito, evitando que errores en la investigación terminen favoreciendo la impunidad", concluyó.